Punto 02.

Está ampliamente demostrado el fracaso del supuesto objetivo que la Ley 23737 se proponía en cuanto a la protección de la salud de la población. Sus consecuencias negativas son evidentes. No sólo se incrementó exponencialmente el consumo de drogas ilegales y se generaron, producto de la desinformación, problemas evitables como la mezcla de sustancias incompatibles, su adulteración y la imposibilidad de determinar una dosificación segura; también la criminalización de lxs consumidorxs ha obstaculizado el abordaje sanitario, alejando a quienes consumen de los efectores de salud por temor fundado a ser criminalizadxs y/o a ser “tratadxs” compulsivamente.

Ante esta realidad, proponemos un cambio en la conceptualización de las políticas públicas que permitan ubicar a lxs usuarixs en el centro de la escena, no excluya los sistemas valorativos y culturales que subyacen detrás de cada consumo y distinga diferentes modos de uso, facilitando las estrategias de cuidado. Una política de drogas basada en el sistema de derechos humanos compatible con la Ley Nacional de Salud Mental y Adicciones, que incluya como pilar la estrategia de reducción de riesgos, daños y vulnerabilidades. Esto implica abordar la realidad práctica del consumo garantizando información y el cese de la discriminación, la persecución policial y penalización.

El cannabis posee numerosas propiedades y, como toda sustancia psicoactiva legal e ilegal, no es inocuo. Sin embargo, haría falta ingerir cantidades descomunales, rozando el kilo, para tener una sobredosis que induciría en el peor de los casos al sueño profundo. Entre sus efectos principales destacan sentimientos de relajación, risa incontrolable, de mayor apreciación de los sentidos (principalmente el auditivo), aumento del apetito, enlentecimiento general, reducción de las náuseas y del dolor, disminución de la percepción de fatiga muscular, entre otros.

Como posibles efectos secundarios puede provocar pánico y paranoia -sobre todo en algunas personas con patologías subyacentes-, sequedad de boca, problemas respiratorios, nerviosismo, aumento de la tasa cardiaca, reducción en la capacidad de concentración, cansancio y confusión. Como cualquier otra sustancia, para reducir estos efectos se recomienda atender a la cantidad consumida. Esto depende de cada persona, el nivel de tolerancia que haya desarrollado al cannabis, su estado físico y el producto que esté consumiendo.
En este sentido, es importante tener presente que la cantidad de THC (principal principio activo del cannabis) difiere entre la variedad de plantas y que el cannabis cultivado –si está bien cosechado, secado y curado- tiene mayor calidad y pureza que el que se vende en la calle, más conocido como “prensado paraguayo”. El consumo de este producto trae otros riesgos a la salud, ya que se ha advertido la presencia de moho y pesticidas, entre otras sustancias nocivas para el organismo.

El manejo de vehículos y maquinaria pesada bajo los efectos del cannabis está también desaconsejado en los países que han regulado legalmente esta sustancia. Sus efectos impactan negativamente en las facultades psicomotoras necesarias para la conducción segura y son significativamente peores cuando se combina con alcohol. Una persona podría pasar el test de alcoholemia pero estar inhabilitada al haber utilizado cannabis de manera simultánea, incluso en dosis que parecieran insignificantes. La falta de regulación en este punto resulta particularmente dañina.

Ejercer un consumo responsable requiere acceder a esta y otra información basada en la evidencia científica. Asimismo, en el marco de un mercado legal regulado, es posible acceder a sustancias cuya calidad y características son conocidas y están garantizadas. Esto permite a las personas tomar las decisiones acordes a sus deseos e intereses y con mayor seguridad. También implica el establecimiento de normas y restricciones que atiendan a la protección de la salud pública y cuiden la convivencia social. Es fundamental en este punto reconocer los avances en las políticas sanitarias sobre el tabaco en cuanto a la restricción de fumar en espacios públicos cerrados y la prohibición de la publicidad, la promoción y el esponsoreo de marcas de cigarrillos.